Primera parte
A partir de su propia sanción, en el año 1993, la Ley Federal de Educación fue objetada y resistida, especialmente por uno de los principales actores del proceso educativo: los docentes.
No es de extrañar que esto ocurriese. No hizo falta que transcurra una década para que fehacientemente quede a las claras el fracaso de la implementación de esta norma. (Véase documento de la UDA "La Educación es un compromiso de todos”)
A la fecha no existen jurisdicciones en que la Ley se aplique de igual manera, especialmente desde el punto de vista de la Estructura Educativa. Ya en el documento citado, nuestra entidad claramente demostraba la atomización del Sistema Educativo Nacional que provocó la pseudo-aplicación de la Ley Federal. Por sí solos estos hechos demuestran la necesidad de sancionar una nueva Ley de Educación.
Los motivos de la inaplicabilidad de la Ley están presentes en la génesis de su propia concepción:
- La Ley Federal, de aplicación obligatoria, se contrapone y colisiona con no pocas normativas preexistentes en las provincias.Inclusive colisiona con las Constituciones Provinciales.
- Se ejecuta casi inmediatamente con posterioridad a otro cambio traumático para la educación: la transferencia de servicios educativos, realizada a partir del año 1992, que ya de por sí fragmentó y atomizó el Sistema Nacional de Educación. Esta transferencia de servicios no sólo se hizo de forma apresurada, sino también sin tomar los recaudos financieros necesarios para garantizar a las provincias los recursos que les hubiesen permitido recibir los establecimientos educativos que dependían de la Nación, en condiciones si no óptimas, por lo menos aceptables.
- La vertebración a nivel país que garantizaba este sistema no fue reemplazada por nada. La Ley Federal no prevé esto. Lo que implicó un proceso de disgregación a todo nivel, desde el pedagógico y salarial hasta el laboral y financiero, quitando así toda posibilidad de articulación real y posible entre las provincias, impidiendo sostener desde la realidad los principios de identidad nacional que la propia Ley Federal sostiene. Más allá de sus iniciativas y esfuerzos, la creación del Consejo Federal no bastó para contrarrestar los efectos de atomización citados, marcándose una nueva contradicción toda vez que las resoluciones del Consejo Federal no son vinculantes.
- Es contradictoria al centralizar la toma de decisiones en el Poder Ejecutivo, mientras que como contraparte la mayor parte del peso de sostenimiento del sistema recae sobre las provincias, por lo cual no pocas veces las decisiones del ejecutivo fueron inaplicables en varias jurisdicciones. Lo mismo ocurre cuando centraliza las políticas de control y evaluación en el Ejecutivo Nacional, sin proponer articulación alguna con cada jurisdicción que permita llevarlas a cabo cabalmente.
- Introduce en el ámbito educativo la concepción y la ejecución de políticas sociales que nada tienen que ver, por lo menos formalmente, con la institución escuela, convirtiendo, especialmente en las zonas y provincias de menores recursos, a la escuela en una entidad asistencial, y a los docentes los obliga a cumplir con funciones de asistencia social, que deben depender de otra área.
- La modificación de la estructura del sistema educativo, con la creación de la EGB y el Polimodal, fue el punto más conflictivo y de mayor grado de inaplicabilidad (Véase una vez más el documento de UDA "La educación es un compromiso de todos"). A trece años de sanción de la Ley Federal de Educación, aún no existe ningún tipo de uniformidad entre las jurisdicciones en este aspecto. La creación de la nueva estructura desjerarquiza los niveles de enseñanza, en términos coloquiales la frase remanida de los docentes: "se primarizó parte de la enseñanza secundaria" es de absoluta aplicación y vigencia en este sentido.
- No existe referencia alguna en la LFE a cuáles son los criterios pedagógicos que sustentan la estructura propuesta. Cambia la concepción esencial y básica acerca del tema del conocimiento reemplazándolo por el de "..saberes socialmente significativos..." , sin siquiera especificar cuáles son.Esta nueva concepción nos aleja bastante de considerar a la educación como formadora y transmisora de conocimiento científico, quitándole a las cátedras que se dictan este carácter: el de ciencia. O sea que la LFE contrapone adquisición de saberes socialmente válidos con la esencia que caracteriza a nuestra escuela, que desde su raíz se basó en la adquisición de conocimientos, entendiendo por esto, la capacidad de desarrollar no sólo operaciones de pensamiento, sino también el conocimiento científico.
- Un tema aparte es el de la Educación Técnica: la Ley Federal por omisión, o quizás más correctamente por concepción, prácticamente la anula.
- La LFE no considera ni desarrolla lo esencial de otras modalidades o niveles, particularmente lo referido a Educación Especial, Artística y de Adultos.Tampoco desarrolla la modalidad Agrotécnica ni la de Formación Profesional.
- Una falla esencial de concepción que posee la Ley Federal de Educación es no tener en cuenta que la educación es un proceso. No sólo un proceso teórico y formal. La práctica educativa, esto lo conocemos bien los docentes, es un proceso que fija gradualidades. Es imposible realizar cambios de raíz en cualquier sistema educativo, si no se propone su realización gradual, en términos de tiempo realizables, y evaluables.Sin embargo, esta falla importantísima no es el motivo capital del fracaso de la Ley Federal de Educación, sino más bien todo lo antedicho.
- Esencialmente, cualquier cambio de magnitud depende en gran medida de la formación de sus actores. En este aspecto no se previó un correcto desarrollo en el texto, y mucho menos en la práctica, de la temática del nivel terciario. Casi se puede decir que los Institutos de nivel terciario continuaron formando docentes para "el viejo sistema".
- Asimismo el espacio que se le dedica al ámbito Universitario en el texto de la Ley es irrelevante.
- Desde otro punto de vista, el laboral, los artículos de la LFE que hacen referencia a ello, no pasan de lo declaratorio. Es indispensable que cualquier Ley de Educación garantice a los docentes, no sólo desde lo formal, una legislación que ampare sus derechos, la estabilidad laboral, un salario digno (fijando un piso superior a las necesidades básicas), establecimientos dignos y seguros, capacitación gratuita, de calidad y continua y a cargo del Estado.
- También la atomización se registra en el aspecto laboral: las diferencias salariales, las diferencias en los estatutos de cada jurisdicción, hasta las diferencias relativas a derechos y obligaciones, no registran similitud entre las provincias y el GCBA.
- La ambigüedad acerca del tema del financiamiento permite interpretaciones no sólo variadas, sino absolutamente opuestas.
Segunda Parte
Es imprescindible evitar las contradicciones ya citadas en la Ley Federal.
Debe partir de considerar los siguientes aspectos básicos:
- El carácter de Educación Obligatoria y Gratuita.
- La inclusión trascendente del conocimiento por sobre el concepto de "saberes socialmente significativos", sin excluir estos últimos.
- La igualdad de oportunidades.
- La inclusión educativa en todos los niveles.
- El concepto formativo de la educación, destinando las políticas de asistencia a las áreas que le son propias.
- La unidad de criterios y federalización de las políticas educativas, para evitar la atomización que impera en el sistema educativo.
- No menos importante, es que la propia Ley sostenga criterios de identidad continental, regional y nacional, más allá de lo declamatorio.La educación genera identidad.
- La nueva Ley debe tener sustento en criterios pedagógicos que permitan la correcta implementación de los cambios planteados.
- Conceptualmente, y especialmente, en la faz pedagógica, la nueva Ley debe considerar ineludiblemente el concepto de gradualidad. Ningún cambio puede implementarse en el proceso educativo de otra manera que no sea gradualmente.
- Asimismo, desde lo pedagógico, es necesario permitir un lapso de tiempo prudencial para realizar cualquier evaluación, en virtud de que no debería realizarse juicio definitivo alguno sobre los cambios planteados hasta que culmine el proceso de transición entre el comienzo de la implementación de la Ley y su cabal ejecución.
El cambio en la estructura educativa fue el fracaso más evidente dentro de los cambios que propuso la Ley Federal de Educación.
Claramente, a más de una década de la implementación, vemos hoy la disparidad de criterios con que se implementó el cambio en la estructura educativa. A tal punto fracasó que existen jurisdicciones en las cuales aún se mantiene el antiguo esquema.
Surge a todas luces la necesidad de reformar este punto.Es necesario:
- Que la nueva estructura se sustente en criterios pedagógicos.
- Que mantenga una correlación con la historia educativa argentina, evitando los saltos al vacío que la mayoría de las veces presupone la "importación" de esquemas que nada tienen que ver con la realidad nacional.
- Que la nueva estructura contemple los aspectos y necesidades de todas las áreas de la educación. No existen áreas más o menos importantes. Evitaremos así, por ejemplo, la degradación que sufrió la Educación Técnica a partir de la implementación de la Ley Federal.
- La estructura que proponemos es la siguiente:
- Educación Inicial, a partir de los 4 años (dos años)
- Educación General Básica de Nivel Primario (siete años)
- Educación Polimodal de Nivel Medio y Técnico (Medio de cinco años y Técnico de seis años)
- Educación Superior
- Educación Cuaternaria
e) En la Educación Polimodal es obligatorio el dictado de dos lenguas extranjeras.
Este es otro de puntos que denotan el fracaso de la Ley Federal de Educación.No encontramos dos provincias que posean la misma legislación Laboral, ni el mismo salario docente.
Es necesario:
- La discusión y confección, por Ley de un Estatuto Federal, que sea marco de referencia para todas las jurisdicciones, que fije obligaciones y derechos de los docentes.Este Estatuto deberá unificar un criterio laboral.
- La implementación de la carrera docente, con criterios similares para todas las jurisdicciones.
- Fijar criterios de estabilidad laboral para los docentes.
- A efectos de garantizar un correcto seguimiento y evaluación de la aplicación de la nueva Ley, se propone la conformación de una Paritaria permanente, con representación del Ministerio de Educación y los gremios con representación nacional y personería gremial, todo ello en el marco que determina la Ley de Paritaria Nº 23.929.
- Otros aspectos a tener en cuenta:
- En lo que se refiere a Educación Técnica, es importante que se discuta y decida en el ámbito delINET todo aquello que indica la Ley de Educación Técnica.
- El CFE debe cobrar mayor protagonismo, a efectos de que las decisiones que se adopten sean políticamente ejecutables y realizables. El CFE debe ser el órgano máximo de expresión del federalismo, para obtener resoluciones democráticas y afines a nuestra concepción republicana, representativa y federal. A este respecto las Resoluciones del CFE se deberían dictar por votación, siendo de carácter vinculante y obligatoriocuando obtengan más del 70% de los votos de los miembros presentes. Los miembros del CFE deberán ser convocados fehacientemente y con la antelación suficiente. Deberá reunirse en el tiempo que determine el propio CFE o por convocatoria del Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología Nacional. En ningún caso puede haber un plazo superior a 6 meses entre una reunión y otra.
- Los sindicatos docentes con representación nacional y personería gremial deben tener participación directa, en igualdad de condiciones que los demás miembros en el seno del CFE y las Comisiones que lo conforman, a efecto de garantizar la participación de los trabajadores docentes. No se concibe hablar de Educación solamente con la participación de los empleadores excluyendo a los verdaderos actores del sistema educativo como son los docentes.
- Se sugiere dividir el receso escolar invernal en dos partes, una en el mes de Julio y otra en el mes de Septiembre, de una semana cada una. El de Septiembre estará destinado a la capacitación y actualización docente, que la Nación y las Provincias se responsabilizaran a brindar en todos los niveles de la Educación de manera gratuita, continua y garantizando la calidad profesional de estas acciones. Esto se realizará independientemente de todas las acciones de capacitación y actualización que la Nación y las jurisdicciones brinden o los docentes asistan durante el calendario escolar. A efectos de realizarlo la Nación y las jurisdicciones podrán conveniar estas acciones con los sindicatos docentes.
- Correlativamente a la capacitación y actualización que sostenga la profesionalización docente el estado nacional y las jurisdicciones deberán proporcionar una seria política de incentivos: Materiales (incremento salarial), Simbólicos (prestigio profesional, reconocimiento profesional, certificación) y Técnicos (calificación y acreditación profesional). Esto será concertado con los docentes, ya sea en el seno del CFE como en las jurisdicciones.
- Es necesario posibilitar la no fragmentación del conocimiento y los saberes, preconizando la relación entre los contenidos y conocimientos que aprenden los alumnos.No debe dejar de tenerse en cuenta el carácterformativo integral del proceso educativo.
- Mas allá de la necesidad de privilegiar el tema del conocimiento por sobre los saberes socialmente significativos y en relación al tema social, es indispensable en este sentido tomar como ejes la educación para la salud, para la paz, para la igualdad de oportunidades entre sexos, educación ambiental, educación vial, educación del consumidor y especialmente todo lo que tenga que ver con la formación yparticipación ciudadana.
|